En Venta de Sociedades Urgentes somos expertos en constitución y transmisión de sociedades previamente constituidas de forma urgente. Asesoramos también a emprendedores y autónomos sobre la gestión de sus sociedades según su situación. Por esto hoy le explicamos en qué consiste una reducción de capital, y qué puede significar tanto para la empresa como para el socio su aplicación.

¿Qué es una reducción de capital?

Como ya sabemos, una persona adquiere la condición accionista o socio cuando aporta un capital o bienes a cambio de acciones o participaciones. En este caso hablamos de una ampliación del capital.

Cuando la situación que se produce es la contraria, y la sociedad decide devolver a sus accionistas o socios parte de las aportaciones que realizaron, disminuyendo el capital de la propia sociedad, hablamos de una reducción de capital.

¿Cómo se procede a una reducción de capital?

Para que una reducción de capital se lleve a cabo, esta debe ser aprobada y autorizada por los socios de la Junta General, cumpliendo las siguientes condiciones:

  • El acuerdo de reducción de capital social debe publicarse en el Boletín Oficial del Registro Mercantil y en un periódico de gran circulación, donde la sociedad tenga el domicilio fiscal.
  • Si la reducción afecta de forma distinta a las distintas participaciones, es necesaria la aprobación por parte de la mayoría de accionistas interesados (en el caso de la SA), o la totalidad de los socios (para SL)

¿Qué ventajas supone una reducción de capital?

  • Permiten diferir la tributación de la plusvalía.
  • El perceptor puede aplicar la exención de la tributación para los primeros 1.500 euros recibidos por año, siempre que el importe recibido supere el coste de adquisición de las participaciones.

¿Qué inconvenientes conlleva?

  • La participación del socio que recibe los fondos puede reducirse, si el importe que recibe supera el coste de adquisición de las participaciones.
  • La reducción de capital necesita de la aprobación de otros socios por mayoría en la junta de socios.

¿Qué consecuencias conlleva para le empresa una reducción de capital?

  • La devolución de aportaciones a los socios no es deducible.
  • Reduce los fondos propios de la sociedad, por lo que no supone un gasto.

¿Y para el socio?

  • El valor de adquisición de valores o participaciones se ve reducido por el importe pagado por la sociedad, pudiendo llegar hasta su anulación.
  • En caso de exceso constituye un rendimiento del capital mobiliario.
  • Las reducciones de capital tributan por el Impuesto sobre Operaciones Societarias al 1% sobre el valor real de los bienes.

Si necesita asesoramiento laboral, fiscal o contable, no dude en contactar con nosotros. En Venta de Sociedades Urgentes somos expertos en constitución y transmisión de sociedades, y ofrecemos a nuestros clientes servicios de gestoría fiscal adecuados a cada una de sus necesidades.