Hoy en Venta de Sociedades Urgentes, expertos venta de sociedades urgentes, hablaremos sobre la nueva tarifa plana para autónomos societarios.

La tarifa plana para autónomos llegó a España hace ya algunos años con el objetivo de relajar la presión fiscal a los autónomos en los primeros meses luego de darse de alta. Así se intentaba equiparar un poco este impuesto al impuesto homólogo francés o a los impuestos para autónomos en otros países europeos.

Con esta tarifa plana el autónomo se beneficia de una reducción en el pago de la cuota mensual por sus 12 primeros meses de cotización, que pasa de 367 a 60 euros.

 

También para los autónomos societarios

Desde este mes de septiembre de 2020 estas condiciones beneficiosas que se aplicaban hasta ahora en las categorías de trabajadores y profesionales autónomos para su primera Alta en la Seguridad Social se aplicarán también, y con carácter retroactivo, a los autónomos del tipo societario.

Finalmente, el Tribunal Supremo ha resuelto en favor de los autónomos societarios que denunciaron la Seguridad Social por no permitirles disfrutar de estos beneficios a los que hasta ahora sí han tenido los autónomos dados de alta como persona física.

«No puede impedirse la aplicación de los beneficios en la cotización previstos en el artículo 31 de la Ley 20/2007, del Estatuto del Trabajo Autónomo, a los trabajadores que ostentan la condición de socios de sociedades mercantiles capitalistas»

 

Reclamar la tarifa plana de autónomos

Es por lo tanto oportuno, y así lo recomienda Lorenzo Amor, presidente de la ATA (Federación Nacional de Trabajadores Autónomos), reclamar por los perjuicios que puedan haber existido, puesto que en cumplimiento de las condiciones la posibilidad de éxito es absoluta.

Las sentencias que nos apoyan son:

  • 3 de diciembre de 2019, dictada en el recurso de casación nª5252/2017
  • 27 de febrero de 2020, dictada en el recurso de casación 1697/2018
  • 4 de marzo de 2020, por razones de seguridad jurídica e igualdad en la aplicación de la Ley.

 

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