La situación vivida por muchas pymes y muchos autónomos durante el estado de alerta por Covid-19 está generando problemas de liquidez para mantener sus negocios con vida. Por este motivo, pymes y autónomos están buscando facilidades y ayudas para afrontar estas dificultades.

Por este motivo hoy desde Venta de Sociedades Urgentes, empresa experta en la venta de sociedades preconstituidas y transmisión de sociedades urgentes en toda España, le explicamos las diferentes ayudas y facilidades para pymes y autónomos.

 

Ayudas para Autónomos y PYMES por Covid-19: Créditos ICO

Tanto autónomos como pymes podrán solicitar hasta el 30 de septiembre un crédito ICO.

Los requisitos para optar a estas líneas de crédito variarán en función del demandante:

  • Autónomos, microempresas y pymes: siempre que sean de hasta diez empleados.
  • Empresas: que dispongan de hasta 250 empleados y con ventas no superiores a los 50 millones o un activo inferior a 43 millones de euros.

Se pueden presentar empresas que realicen cualquier tipo de actividad y que requieran liquidez para afrontar:

  • Costes de alquileres.
  • Salarios
  • Pagos de proveedores.
  • Pagos de vencimientos de financiación y obligaciones tributarias.

Así, estas podrán optar a disponer hasta 1,5 millones o hasta el 25% de los ingresos anuales o de 24 meses de gastos. El plazo de devolución de dichos préstamos será de 5 años con uno de carencia.

Si quiere solicitar un crédito ICO por Covid19 puede hacerlo en este enlace.

 

Moratoria en el pago de alquiler de locales comerciales

Otra medida aprobada por el gobierno es la posibilidad para autónomos de aplazar el gasto de alquiler de locales comerciales. Para ello, deberán solicitar a su arrendador una moratoria en el pago de alquiler, y la renta podrá posponerse sin penalización alguna durante hasta dos años.

IMPORTANTE: No todos los propietarios están obligados a aceptar la moratoria del alquiler; solamente es obligatorio para empresas, grandes tenedores de viviendas y entidades públicas de vivienda. Quedan al margen entonces los pequeños propietarios.

Qué es un gran tenedor de inmuebles

Es una persona física o empresa que tenga más de 10 inmuebles urbanos en propiedad.

¿Cómo saber si nuestro arrendador es un gran tenedor?

Podemos averiguarlo solicitando una nota de localización al Registro de la Propiedad. De esta manera veremos cuántas propiedades tiene el casero en territorio nacional. 

El Real Decreto ofrece también la posibilidad de utilizar la fianza para pagar de forma completa o parcial alguna de las mensualidades de la renta.

La moratoria es de un máximo de cuatro mensualidades, que pueden aplazarse a pagar de forma fraccionada hasta en dos años.

 

Gastos no oficiales aplazables para autónomos y pymes 

El Real Decreto-Ley 11/2020 de 31 de marzo ha aprobado que se deben flexibilizar los contratos de suministros de luz y gas para autónomos y empresas. Además, la normativa incluye la posibilidad de interrumpir de forma temporal los contratos en los casos de cese de actividad o uso del local y sin penalización.

IMPORTANTE: Solo es aplicable siempre que se esté dado de alta en el RETA.

Si tiene alguna duda puede ponerse en contacto con nuestros asesores. En Venta de Sociedades Urgentes encontrará su empresa de confianza para comprar su sociedad.