La compraventa de participaciones sociales o acciones de una sociedad es un supuesto que se puede dar a lo largo de la actividad de una empresa, por lo que es fundamental conocer este contrato, cómo regula estas operaciones y cómo formalizarlo.

Por este motivo hoy en Venta de Sociedades Urgentes, empresa especialista en transmisión de sociedades urgentes y venta de sociedades, le explicamos todo sobre el contrato de participaciones sociales o compraventa de acciones.

Definición y características

El contrato de compraventa de participaciones sociales o acciones es un documento de carácter público en el que se especifican las distintas formas de transmisión de participaciones sociales o acciones de una sociedad.

En este contrato se deja constancia de:

  • La identidad de las partes que realizan la operación de compraventa de acciones o participaciones sociales.
  • El número total de participaciones sociales o acciones transmitidas.
  • Su valor nominal y porcentaje que representan sobre el total de las que posee el comprador.
  • Especificaciones sobre las participaciones sociales o acciones.
    • Si son bienes gananciales se debe detallar el consentimiento del cónyuge, siempre que no se hayan impreso y entregado ya los títulos de acciones. En ese caso, no es necesario el consentimiento del cónyuge.

Para la correcta formalización de dicho contrato, en aquellos casos en los que la compraventa de participaciones sociales o acciones no es libre, será necesario el consentimiento y la autorización de la Junta general. Esta autorización deberá constar igualmente en el contrato de compraventa.

Aplicación del contrato de compraventa de participaciones sociales o acciones

Este contrato es aplicable para todas las Sociedades mercantiles; Sociedades Limitadas, Sociedades Limitadas Unipersonales, Sociedades Anónimas, etc.

Antes de proceder a la formalización de la transmisión de las participaciones sociales o acciones, se deben comprobar las posibles limitaciones legales y estatutarias; en el supuesto que la ley o los estatutos impongan limitaciones, el socio tiene las siguientes obligaciones:

  • Comunicar a los administradores su intención de transmitir las acciones o participaciones sociales antes de realizar dicha operación.
  • Esperar el consentimiento y aprobación de la Junta General para la transmisión de acciones o participaciones sociales.

Una vez la Junta General autoriza la transmisión, se requiere la formalización del contrato y la comunicación a la sociedad. Así, se asegura que el comprador pueda ejercer sus derechos como socio.

 

Si quiere saber más sobre cómo formalizar el contrato de compraventa de participaciones sociales o acciones, o está pensando en adquirir una sociedad preconstituida, puede contactar con nuestros consultores y asesores. En Venta de Sociedades Urgentes como expertos en la transmisión y venta de sociedades urgentes en tiempo récord seguro le podemos ayudar.